domingo, 29 de abril de 2012

ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DE ESPAÑA

ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DE ESPAÑA
Empezaré diciendo que España es un estado descentralizado, es decir, que está basado en lo que indica el artículo 2 de la Constitución española de 1978, que declara que la nación española es una unidad indisoluble, y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre ellas.

España se organiza territorialmente en municipios, provincias y comunidades autónomas. Todas estas entidades tienen la autonomía para la gestión de sus propios intereses. (Esto es lo que dice la ley)




España está formada por dieciséis comunidades autónomas, las cuales están formadas por una o mas provincias hasta un total de cincuenta en toda España, una comunidad foral (Navarra) y dos ciudades autónomas (Ceuta y Melilla). También existen otras entidades territoriales con personalidad jurídica que consisten en agrupaciones de municipios (comarca, mancomunidad de municipios) o en entidades de rango inferior al municipio, conocidas como entidades locales menores.




En España existen una serie de principios o leyes que sirven para la administración territorial del Estado. Estos principios son:

  • Principio de autonomía: la Constitución dota de autonomía a estas comunidades autónomas, pero el Estado es el único soberano. Estas, tienen potestades legislativas y autonomía política dentro de sus competencias y territorio.
  • Principio de participación democrática: las instituciones se eligen a través de elecciones democráticas por sufragio universal, libre, secreto y directo.
  • Principio de autonomía financiera: los entes territoriales dispondrán de los medios suficientes para el desempeño de las funciones que la ley les atribuye.
  • Principio de solidaridad: el Estado debe garantizar la realización efectiva de este principio, entre las diferentes comunidades y entidades, estableciendo un equilibrio económico adecuado. Para ello se crea el Fondo de Compensación Inter-territorial, dotado en los Presupuestos Generales del Estado y que se vincula a proyectos que promueva el crecimiento de la renta.
  • Principio de estado unitario: el modelo de estado autonómico es una mezcla entre los modelos de estado integral republicano francés y estado regional italiano. En el Estado unitario la soberanía reside en el pueblo español y no es divisible, y es el Estado el que tiene el poder económico y ha de proteger el territorio nacional.
  • Principio de unidad económica: todos los españoles tiene los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio nacional. Ninguna autoridad podrá adoptar medidas que directa o indirectamente obstaculicen la libertad de circulación y establecimiento de personas y bienes en el territorio.

 Algunas de estas últimas leyes no tienen mucho que ver de forma directa en el la organización del territorio aunque ayudan a comprender mejor en qué consiste la organización del Estado Español.

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